La elección de la vivienda es una cuestión muy importante, por eso es necesario tomarse un tiempo para buscar propiedades dentro del rango que uno pretenda alquilar y, mientras tanto, organizar todo el papeleo necesario que requerirá el profesional actuante a cargo de la operación. Los requisitos necesarios para alquilar una propiedad de forma permanente son los siguientes y pueden variar según el caso:

 

  1. El inquilino debe ser mayor de edad, tener DNI ó Pasaporte vigente mientras perdure el contrato y presentar la documentación que se detalla a continuación.

 

  1. Comprobante de ingresos: el recibo de sueldo de los últimos 3 meses y si es autónomo una certificación contable de ingresos visada por el Colegio de Contadores.

 

  1. Garantía de alquiler: como su nombre indica, se trata de una garantía que cubre al propietario y su vivienda en caso de que haya incumplimiento en el contrato. Por lo general, se exige una propiedad de la ciudad en la que se desea alquilar como garantía. La propiedad suele ser de un familiar directo o de un conocido, aunque en algunas inmobiliarias exigen la primera opción. También, a veces, se toman como garantía los seguros de caución que son un resguardo para los locadores puedan resguardar su propiedad en caso de incumplimientos del contrato y, a la vez, facilita el acceso a alquilar a aquellas personas que no cuentan con garantías o no tienen nacionalidad argentina. La póliza suele tener un costo de 1 mes y medio o 2 meses de alquilar. En otros casos, también se aceptan garantes que acrediten ingresos con recibos de sueldos. Estas situaciones son objeto de negociación entre las partes. Si bien la nueva ley limita las exigencias de garantías, en la practica se sigue a la vieja usanza, pues si la garantía no satisface al Locador, éste no alquilará la propiedad. Es una cuestión de sentido común. Los garantes también llamados fiadores, en general son solidarios y principales pagadores. Se trata de terceras personas, muchas veces un familiar etc., que debe responder económicamente si sucede una falta de pago en los alquileres o cualquiera de las obligaciones asumidas por el locatario.

 

  1. Depósito: No es obligatorio, pero en algún caso se suele pedir un depósito por adelantado, este dinero queda en poder del propietario y se restituye al final del contrato al valor del último mes de alquiler.

 

  1. Pago por adelantado del primer mes de alquiler.

 

  1. Gastos de inmobiliaria: Son básicamente los gastos de pedidos de informes. Los honorarios son por toda la labor del profesional, la redacción del contrato, el asesoramiento y el acompañamiento en la operación, y se rigen según la Ley provincial.